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Versión completa: Arquitecto Naval UTN, ¿verdadero título?
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Hola, quería debatir sobre este tema con ustedes, ya que me surgió una gran duda al ver las incumbencias de nuestro título.

Colegio de Ingenieros escribió:Universidad: UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL

Decreto: Según Resolución Nº 1423/83 del Ministerio de Educación de la Nación (Mismas incumbencias que Ord.1366 )

Incumbencias: Es tarea del Ingeniero Naval:

a) Estudio, factibilidad, proyecto, planificación, dirección, construcción, instalación, puesta en marcha, operación, ensayos, mediciones, mantenimiento, reparación, modificación, transformación, inspección y desguaco de:

1. Buques, embarcaciones y artefactos navales de todo tipo.

2. Instalación de plantas propulsoras y auxiliares navales.

3. Sistemas de control.

4. Astilleros y talleres de la especialidad, excepto obras civiles.

5. Astilleros y talleres de la especialidad, excepto obras civiles.

b) Estudio, tareas y asesoramientos relacionados con:

1. Técnicas navales relativas a rutas, puertos y líneas de transportes acuáticos e instalaciones complementarias, exceptuando obras civiles.

2. Asuntos de Ingeniería Legal, Económica y Financiera, relacionados con los incisos anteriores.

3. Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionados con los incisos anteriores.

4. Higiene, seguridad industrial y contaminación ambiental relacionados con los incisos anteriores.

Lo que me da a entender es que no podríamos calcular y construir las plantas propulsoras, sino solo realizar el proyecto desde la arista de instalación al buque.


Viendo las incumbencias de los Navalesde la UBA, hay una gran desventaja en nuestro titulo en cuanto a la parte termomecánica propulsora del buque:

Colegio de Ingenieros escribió:Universidad: Universidad de Buenos Aires

Decreto: Según Resolución Nº 525/88 (U.B.A)

Incumbencias: Es tarea del Ing. Naval Mecánico:

a) Estudio, proyecto, dirección y construcción de buques y artefactos flotantes, incluyendo todos los servicios e instalaciones mecánicas.

b) Estudio, proyecto, dirección y ejecución de transformación y reparaciones de buques.

c) Inspección de buques para su reclasificación y certificación de su navegabilidad.

d) Estudio, proyecto y dirección de astilleros y talleres navales y mecánicos.

e) Estudio, dirección y ejecución de desagüe de buques.

f) Estudio, proyecto, dirección y construcción de generadores de vapor y de máquinas térmicas.

g) Estudio, proyecto y construcción de máquinas y mecanismos termomecánicos y fluidomecánicos en general.

h) Estudio, proyección, dirección y construcción de sistemas e instalaciones para la producción y transmisión de energía mecánica y térmica.

i) Estudio, proyecto, dirección y ejecución de sistemas de calefacción, aire acondicionado y refrigeración.

j) Estudio, proyección, dirección y construcción de sistemas mecánicos térmicos y fluidos mecánicos, su transporte y almacenaje.

k) Asuntos de ingeniería legal, económica y financiera relacionados con los incisos anteriores.

l) Arbitrajes, pericias y tasaciones relacionados con las cuestiones que se refieren los incisos a) a j).

m) Asuntos concernientes a la higiene y seguridad del trabajo, relacionados con los incisos a) a j).

Esto me da a entender que nuestro título tiene cierta inferioridad que lo hace ver más como una Arquitectura Naval, tal como se lo ve en otros países.

Ustedes que opinan?
No significa nada la lista de incumbencias, si queres ver realmente lo que te enseña y permite hacer la carrera vas a tener que comparar los programas de las materias de tu especialidad. Inherentemente al ser de la UTN, al tener que cursar dos casi tres años de materias de matemática y física, eso solo la pone sobre el nivel de cualquier carrera de arquitectura.
me puse a googlear que son las incumbencias para no decir burradas, no hay mucha info al respecto.

hasta donde tenia entendido, las incumbencias profesionales que da un titulo (cualquiera) es el respaldo (del tipo legal) de la capacidad de ese profesional para realizar esa tarea. por ej, como dice arriba "..." por mas que tengas el mismo nivel de matematimaticas que un arquitecto no quiere decir que puedas firmar el mismo tipo de documentacion que un arquitecto, eso esta mal, ni siquiera podes firmar el tipo de documentacion que podria firmar un gasista o un plomero solo por decir que tu titulo es superior. las incumbencias es a lo que te habilita el titulo, nada mas. si dentro de las incumbencias no esta lo que queres hacer, podes hacer dos cosas. una seria buscar una carrera que como incumbencia tenga lo qeu queres hacer, y la otra es hacer un posgrado/curso/loquesea que te habilite a ello.



esto es solo un aspecto juridico, despues viene esa idea estupida que una universidad es mejor que la otra solo porque el programa lo dice (puede ser que una sea mejor que otra, pero no pasa por el plan de estudios, y habria que discutir que parametros definen algo "mejor" que otra cosa).


http://www.cpiq.org.ar/web/ejercicio-pro...fesionales
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