(22-12-2011 21:01)pricherry escribió: [ -> ]sindicato..?
obra social ? cual?
sólo como aclaración: el sindicato depende de la actividad que uno desempeñe, pero no del empleador. es algo optativo. si hay un sindicato de por medio, generalmente el empleador te registra automáticamente y empieza a descontar los aportes correspondientes. uno puede elegir renunciar a eso sin problema.
con respecto a la obra social, es obligatorio tener una, que generalmente también va de la mano de la actividad que se desempeñe o del sindicato al cual uno se asocia. sin embargo uno puede cambiar de obra social libremente.
el tema es que a veces los empleadores "manipulan" esta oportunidad, porque además del aporte mínimo y obligatorio, pagan un plan más elevado, para que los empleados tengan más beneficios. lo que puede pasar al cambiarse de obra social es que el empleador no quiera hacer un aporte extra, o que decida no pagarte un plan más caro.
les doy un ejemplo propio: yo trabajo en 2 lugares en relación de dependencia, en actividades bien diferentes. me correspondería tener la obra social A en un lugar y B en el otro. por ley uno solo puede tener una obra social (cuando hablo de "obra social" me refiero a lo establecido por ley como obligatorio, no a las prepagas o los planes de salud). es decir que, si mis empleadores aportan a 2 obras sociales distintas, es un error, y una de ellas se está comiendo el aporte, porque yo solo puedo hacer uso de una. entonces tuve que avisar esta situación en uno de los trabajos, para que me hagan el aporte a la misma obra social. es decir que ahora los 2 empleadores me descuentan mi aporte para la obra social A, aunque uno de ellos no tenga nada que ver con el rubro (justamente porque no importa, yo elijo a qué obra social aportar).
el resto de mis compañeros de ese trabajo, tenían hasta hace un tiempo la obra social B, y el empleador abonaba un plan de cobertura extra. como dicho plan aumentó, el empleador hizo una reunión con todos, y nos dijo que iba a cambiar la obra social de todo el personal a C, con un plan de cobertura similar, pero más económico para la empresa. en el fondo el aporte legal y mínimo es el mismo, de eso no se salva ni el empleador ni el empleado, pero el empleador se ahorró unos pesos pagando un plan similar, más barato.
en mi caso, como yo tengo la obra social A, y no tengo plan de cobertura extra, no me afectó dicho cambio. ¿se entiende? es decir que ahora todos mis compañeros de ese trabajo tienen la obra social C, y yo sigo con la A.
¿podían haberse negado mis compañeros al cambio? obvio que sí, de hecho algunos preguntaron. en ese caso no había drama, el que quería seguir con la obra social B podía hacerlo, pero la diferencia de plata por el plan de cobertura extra salía de su bolsillo propio, no del empleador. o sea, éramos libres de elegir, porque de todos modos el aporte mínimo y legal era el mismo. pero la diferencia no, y el empleador no está obligado a pagar eso, así que el que lo quería tenía que pagarlo de su bolsillo.
¿quedó claro?
otra cosa respecto a la obra social que pueden preguntar, es para los que no van a trabajar en relación de dependencia, sino como autónomos (con monotributo o lo que sea). en ese caso no existe un empleador, sino que sería más que nada un cliente que nos contrata para cumplir cierto servicio. por lo tanto no está obligado a hacer ninguna clase de aporte. uno tiene que pagarse su propia obra social, entonces lo que se negocia en esos casos es si la facturación incluye la obra social, o si lo pagan ellos.