Probablemente ya te hayan dado mejores respuestas pero solo para aportar mi grano de arena...
Mira si vas a comprarle algo a un flaco del interior, ademas de hacerlo por los métodos mas obvios (como deposito bancario o tarjeta de crédito) lo podes hacer a través de mercadopago. Es muy sencillo: Si el vendedor trabaja con mercadopago, el te hace una factura que te la envía por correo, vos la imprimís y la pagas en cualquier pago fácil/rapi pago como si fuese una factura común. Obviamente el vendedor te va a exigir que primero hagas el pago para luego después enviarte el producto por correo. Ese es el mayor riesgo de comprarle a individuales ubicados en el interior.
Para importar algo del exterior (ya sea mediante ebay, amazon, newegg o lo que fuese) necesitas tener dinero depositado en PayPal. O bien una tarjeta de crédito. Hoy en día subir plata a PayPal no es lo mas sencillo del mundo (por las restricciones que se le hicieron a la gente que reside en Argentina) por lo tanto lo que mas se recomienda es usar la tarjeta de crédito. El tema con importar del exterior es la aduana que, si lo que importas excede los U$D25, te cobraran el 50% del excedente a esos U$D25. Es decir, si importas algo que cuesta U$D20, no habrá problema y te llegara a tu casa a través del correo argentino; ahora si importas algo que sale, por ejemplo, U$D300, te van a retener el producto en la aduana y vas a tener que ir a retirarlo personalmente; no solo eso, ademas tendrás que pagar U$D300 + el 50% de U$D275 (U$D137,5), un total de U$D437,5.
Te dejo acá las normativas de la aduana que te pueden llegar a interesar:
- Franquicia para el ingreso de otros objetos dentro del concepto de equipaje (que no son ropas, objetos de uso personal, libros, folletos y periódicos) la misma varía según la vía de ingreso del viajero: Si el viajero ingresa por vía aérea o marítima: la exención para otros objetos, dentro del concepto de equipaje, hasta el límite de U$S 300* o su equivalente en otra moneda. El exceso descripto, siempre que los objetos se encuadren dentro del concepto de equipaje, será sujeto al pago de un tributo del 50% sobre dicho excedente. Si el viajero ingresa por vía terrestre (incluye ingreso por fluvial o a través de puentes): La exención para otros objetos, dentro del concepto de equipaje, hasta el límite de U$S 150* o su equivalente en otra moneda. El exceso descripto, siempre que los objetos se encuadren dentro del concepto de equipaje, estará sujeto al pago de un tributo del 50% sobre dicho excedente.
(*) para menores de 16 años esta franquicia se reducirá a la mitad.
Cuando se superen los montos detallados precedentemente, siempre que los objetos se encuadren dentro del concepto de equipaje, la diferencia estará sujeta al pago de un tributo del 50% sobre dicho excedente.
- Franquicia para la compra en tiendas libres (free shops)
Los viajeros gozarán de una franquicia adicional, respecto de los bienes adquiridos en tiendas libres (free shops) de llegada. El valor de la misma depende de la vía de ingreso del viajero: Si el viajero ingresa por vía aérea o marítima: la exención será hasta el límite de U$S 300 (*) o su equivalente en otra moneda. Si el viajero ingresa por vía fluvial o terrestre: la exención será hasta el límite de U$S 150 (*) o su equivalente en otra moneda.
(*) de tratarse de menores de 16 años esta franquicia se reducirá a la mitad.
Cuando se superen los montos detallados precedentemente, siempre que los objetos se encuadren dentro del concepto de equipaje, la diferencia estará sujeta al pago de un tributo del 50% sobre dicho excedente.
Importante:
- Las franquicias se toman en forma individual, no se pueden acumular entre ellas.
Ejemplo: Si un viajero ingresa en su equipaje bienes o mercaderías por un monto inferior a la franquicia de equipaje permitida, no podrá computar el importe no utilizado para acumularlo con la franquicia para compras en las tiendas libres (free shops) de llegada. Las franquicias podrán ser utilizadas en forma conjunta sólo cuando los viajeros constituyan un grupo familiar -cónyuges e hijos menores de DIECISEIS (16) años no emancipados-, incluso cuando se trate de un único bien.
Y como tercer opción si queres importar algo del exterior pero no queres hacerlo vos, porque no tenes tarjeta de crédito o no te sentís seguro en usarla, hay varias compañías que te importan el producto que vos le pedís y vos se lo pagas en efectivo, ya sea en pesos o en dolares. Una muy buena compañía se llama USATech, les pedí que me importasen un micrófono y un iPod y no hubo problemas. Mi viejo también les pidió algunas cosillas que se las importaron sin problemas. Generalmente tarda 2 semanas en que llegue el producto de EE.UU lo cual es bastante razonable. Eso si: El producto lo tenes que ir a buscar a la sede de USATech y cuando lo pedís tenes que dejar una seña (creo que es el 30% del pecio que te van a cobrar por el producto). Su pagina oficial es:
http://usatech.com.ar/
Tambien tenes esta otra compañia que me dijeron que es buena (aunque no puedo asegurar su efectividad ya que nunca utilice sus servicios). Esta es:
http://www.elimportador.com.ar/
Al parecer esta ultima te envía el producto hasta tu casa. No se como operan ellos igual, tendrás que averiguar un poco mas. Aunque averiguando un poco mas sobre esta ultima empresa, cosas como celulares, cámaras filmadoras, reproductores de música no se pueden importar cuando, por USATech, si.
Espero que haya servido de algo